«Los empleados –de los bancos– sufrían la presión de las altas instancias para colocar» este producto financiero
Las tan polémicas
«acciones o participaciones preferentes» emitidas por las entidades
bancarias –que han ocasionado un serio perjuicio económico a miles de
inversores– llevan en el «ojo de la Justicia» desde hace ya ocho años.
En concreto, en 2004 se dictó la primera sentencia relacionada con la
reclamación de un ciudadano que vio cómo sus ahorros invertidos en ese
producto financiero disminuyeron más que sensiblemente. Desde entonces,
las resoluciones han sido constantes y las cantidades invertidas en esas
«preferentes» superan con creces los 2,5 millones de euros. En las
últimas decisiones, los tribunales, además de decretar la nulidad de los
contratos firmados entre el cliente y el banco para la adquisición de
esas acciones o participaciones, han condenado a las entidades a la
devolución de las cantidades.
La primera sentencia fue dictada en noviembre de 2004 por la Audiencia
Provincial de Baleares y estaba relacionada con la adquisición de
«preferentes» de un banco por valor de 42.000 euros, efectuando diversos
reintegros. El subdirector del banco le «vendió» el producto
asegurándole una «mayor rentabilidad» que en el depósito a plazo fijo en
el que tenía ese dinero. Sin embargo, omitió la «diligencia necesaria
en la información que debía facilitar» para que el suscriptor tuviese
todos los datos para decidir.
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