3 sept 2012

La Voz de Galicia | El FROB podrá no ejecutar sentencias favorables a los afectados de las preferentes

El Gobierno lo faculta para no cumplir un fallo de la Audiencia Nacional, pero la decisión final será del juez

El último decreto de reforma del sector financiero, en vigor desde el viernes, oficializa que las participaciones preferentes se tendrán que canjear con pérdidas para los clientes, y que a estos solo les quedará el recurso de acudir a la Audiencia Nacional, no a los juzgados ordinarios provinciales, ni a los tribunales superiores autonómicos. 

Esto era algo sabido desde hace dos semanas, cuando se fue conociendo el borrador del decreto ley. Pero el texto en vigor ha incorporado a última hora una salvedad que va, de nuevo, en contra de los usuarios que tienen esos productos. A continuación de esa posibilidad de recurrir a la Audiencia se incluye un punto que faculta a Banco de España y FROB (el fondo de rescate de la banca) a «alegar ante la autoridad judicial las causas que determinen la imposibilidad material de ejecutar una sentencia que declare contraria a derecho» decisiones como el canje con pérdidas en las preferentes. Será posteriormente el juez el que determine si acepta esa alegación y si fija una indemnización al cliente diferente. Es una salvaguarda para el Estado ante las reclamaciones que puedan presentar los miles de afectados por preferentes y subordinadas (más de 90.000 en Galicia). 

En todo caso, la indemnización que se fije para el cliente no podrá exceder la que se hubiera dado en caso de liquidar la entidad denunciada. A la hora de evaluar su decisión, el decreto marca que el juez tendrá que tomar en cuenta «el volumen especialmente significativo o la complejidad de las operaciones afectadas; la existencia de perjuicios que, de ejecutarse la sentencia, se derivarían para la entidad y para la estabilidad del sistema financiero; y la existencia de derechos o intereses legítimos de otros accionistas». Todo lo anterior no se incluía en el borrador de trabajo de hace apenas una semana. 

Además, En todo caso, antes de llegar a la Audiencia Nacional habrá que determinar la clave de todo este problema: ¿Cómo será el canje? ¿Qué porcentaje de pérdida tendrán que asumir los clientes de preferentes y subordinadas? El decreto marca unas pautas, pero no da cifras. Ni tan siquiera esa que explicó el ministro de Economía, la de que se pagará a valor de mercado «más un 10 %». No aparece así en el decreto.

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