18 jun 2013

EL COBRAR NO CIERRA LA VIA JUDICIAL

Era el lunes el primer día para que los clientes con preferentes y subordinadas de NCG firmaran la venta de sus productos (tras con dos quitas) al Fondo de Garantía de Depósitos. O para elegir (el que pudiera) entre depósito o acciones (con otras quitas). Y los afectados comenzaron a responder. Y a firmar para desprenderse al fin de esos productos. El banco no dio cifras, pero sí explicó que en las oficinas hubo «una afluencia alta, constante, y sin incidencias».

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¿Cómo es la operativa para los usuarios?
¿Y qué plazos tienen?
¿Qué tiene que firmar el cliente en las oficinas?
¿Qué pasa si no le llaman para el arbitraje?
¿Se puede cobrar el arbitraje y el Fondo de Garantía?
¿El banco recomienda alguna solución? 
¿Cómo tributa todo esto?

RECORDAMOS QUE SIGUE EL ENCIERRO DE 7 PERSONAS DENTRO DEL AYUNTAMIENTO Y QUE DE LUNES A VIERNES DE 9.30 A 20.00 HAY UN GRUPO DE PROTESTA E INFORMACION  EN LA PUERTA PRINCIPAL DE MARIA PITA Alli tenemos un escrito que se puede fotocopiar para luego entregar firmado en las sucursales mediante el cual se declara que aunque se acepta en principio la quita obligatoria, (por imperativo legal) se reserva el derecho a recurrir judicialmente el dinero no devuelto.

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