9 sept 2013

LOS CASOS MÁS SANGRANTES 3

La omisión de información
fue la razón que alegó el juzgado el juzgado de Primera Instancia número 27 de Valencia el pasado mes para anular el contrato de preferentes de una clienta de Bankia y su posterior canje por acciones. La falta del deber de información infringida por el banco le ha supuesto la obligación de devolver a esta señora 30.000 euros.
La afectada, de 82 años, viuda y con una pensión de 550 euros al mes, tenía además dificultades de movimiento y audición. "Sin conocimientos financieros ni de contratación bancaria", como explica la sentencia, la mujer quiso depositar en el banco 120.000 que había recibido por la venta de un piso. Ella pidió ingresar el dinero en un plazo fijo que le permitiera disponer del mismo cuando considerase, pero el trabajador de Bankia le aconsejó la adquisición de obligaciones subordinadas con 30.000 euros de ese capital. Las condiciones que le propusieron en aquel momento es que el dinero "estaba garantizado" y que la mujer "podría disponer de liquidez inmediata".
El juez estimó que "no es razonable que una persona de su edad y con un perfil minorista se decida por sí misma y libremente a adquirir un producto que supone asumir inversiones de riesgo máximo y menos con un vencimiento a largo plazo". (LEER TODO)

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